LaboralTipos de despidos | Sialco Asesores Majadahonda

Todas las empresas quieren crecer y contratar empleados. Sin embargo, esto no siempre se cumple y a veces tienen que despedir a algún trabajador por distintas razones pero ¿qué tipos de despido existen?

  • Despido objetivo: Un despido objetivo se produce cuando se dan alguna de las circunstancias que el Estatuto del Trabajador en su artículo 52 establece como causas objetivas de extinción de la relación contractual.
  • El despido disciplinario: El despido disciplinario se produce cuando extingues el contrato con tu trabajador alegando incumplimiento grave y culpable del mismo.
  • Un despido puede ser colectivo cuando por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en un plazo de noventa días, la extinción del contrato afecte a:
    • Diez trabajadores, en las empresas que tengán menos de cien trabajadores.
    • El 10% del número de trabajadores que posea la empresa cuando esta tenga entre cien y trescientos trabajadores.
    • Treinta trabajadores cuando la empresa tenga trescientos o más trabajadores.
    • O bien cuando el número de trabajadores de la empresa sea superior a cinco y se despida a todos los trabajadores, como consecuencia de la cesación total de la actividad de la empresa fundada en las causas de este tipo de despido.

Los despidos pueden ser recurridos ante los tribunales por los ya ex empleados. En estos casos el juez puede determinar que los despidos sean:

  • Procedentes: cuando se demuestre que el trabajador es responsable de lo que le acusa la empresa. En este caso el empleado deberá aceptar el despido y, además, no recibirá indemnización por parte del empleador.
  • Improcedentes: cuando la empresa no sigue la norma estipulada por Ley para realizar este tipo de despido. Tras la sentencia se deberá readmitir al trabajador o proponerle entre elegir volver a la empresa o aceptar una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 2 años si la antigüedad es posterior al 12 de febrero de 2012 (en el caso de ser anterior se aplicará: 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades).
  • Nulo: cuando esté relacionado con causas discriminatorias recogidas en la Constitución. Aquí, la empresa debe readmitir al empleado pagándole el sueldo que dejó de recibir desde que fue despedido.

Si necesitas más información sobre los tipos de despido o asesoramiento laboral, no dudes en ponerte en contacto con Sialco Asesores, tu asesoría en Majadahonda.

 

91 638 38 95 / 91 638 70 67

Gran Vía 18 1º Puerta 2º Majadahonda