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Una factura simplificada es un tipo de factura, admitida por la Agencia Tributaria, que se puede emitir bajo ciertas circunstancias, sustituyendo a los tiques de compra.

¿Cuándo puede utilizarse una factura simplificada?

La factura simplificada solo puedo utilizarse en una serie de escenarios; El importe de la misma no puede superar los 400 €, iva incluido, en facturas rectificativas, autorizados por el departamento de Gestión Tributaria, y excepcionalmente en algunas operaciones que no excedan los 3.000 euros, iva incluido, en alguno de estos ámbitos:

  • Ventas al por menor de bienes muebles corporales o semovientes a particulares
  • Ventas o servicios en ambulancias
  • Ventas o servicios a domicilio
  • Transporte de personas y equipajes
  • Servicios de hostelería y restauración de bares y restaurantes o suministro de comidas y bebidas a consumir en el momento
  • Salas de baile y discotecas
  • Locutorios
  • Peluquerías y salones de belleza
  • Uso de instalaciones deportivas
  • Revelado de fotografías y/o servicios prestados por estudios de fotográficos
  • Videoclubs
  • Aparcamiento de vehículos
  • Lavanderías y tintorerías
  • Peaje en autopistas

¿Qué debe incluir una factura simplificada?

Los campos obligatorios de una factura simplificada son:

  • Número y serie correlativas
  • Fecha de expedición
  • Nombre o razón social y NIF del emisor
  • Concepto
  • Tipo impositivo aplicado
  • Importe total a pagar

 

Además recordamos los campos obligatorios de una factura completa:

  • Numeración correlativa y específica de cada factura. Es decir, no puede haber dos facturas con la misma numeración ni disponer de una cuya numeración sea 311 del 8 de agosto y otra que sea 300 del 18 del mismo mes.
  • Fecha de expedición o emisión. Se trata de la fecha en la que se emite la factura. Por ejemplo, si tu empresa es de servicios, seguramente las facturas se emitirán los días 1 y 15 de cada mes.
  • Razón social tanto de tu empresa como la del receptor.
  • Número de identificación social también de ambas partes
  • Concepto en el que se detalla una pequeña descripción de la naturaleza de la transacción.
  • Importe desglosado de todas las transacciones que se reflejan en la factura.
  • Cuota tributaria, que generalmente hace referencia a la aplicación del IVA y el IRPF.
  • Importe total de las transacciones y de la cuota tributaria.

 

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