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Recientemente el consejo de ministros ha solicitado una serie de medidas de carácter urgente en ámbito social, laboral y de empleo.

  • Siguiendo la iniciativa planteada por el anterior gobierno, se subirían las pensiones un 1.7%, calculado desde diciembre de 2017 a noviembre de 2018, consolidándose en la pensión a partir del pasado 1 de enero de 2019.

 

  • Tipos y bases de cotización. Se incrementa a 4.070.10 euros mensuales el tope máximo de la base de cotización, suponiendo un incremento del 7%. Además la Tarifa de Primas de cotización por accidentes de trabajo y enfermedad profesional tendrá un tipo mínimo del 1.5%.

 

  • Pensión de viudedad. Se confirma la aprobación de una subida de cuatro puntos porcentuales de la base reguladora para su cálculo.

 

  • Salario mínimo. No se verían afectadas por la subida del salario mínimo las normas locales y autonómicas dependientes.

 

  • Jubilación forzosa. Se da la posibilidad de establecer cláusulas en los convenios colectivos para posibilitar la extinción del contrato de trabajo por cumplimiento de la edad legal de jubilación siempre y cuando tengan derecho al cien por cien de la pensión de jubilación.

 

  • Protección de autónomos. Existirá un incremento del 1.25% en las aportaciones de la base mínima de cotización, alcanzando los 944.40 euros. La tarifa plana, si se cotiza por base mínima, se establecerá en 60 euros.

 

  • Protección por desempleo. Se prorroga el subsidio extraordinario por desempleo. Hasta la fecha, este subsidio es de carácter temporal y se renueva cada seis meses, con fecha límite al alcanzar una tasa de desempleo por debajo del 15%. A pesar de que las últimas encuestas de población activa del tercer trimestre del 2018 muestran que estamos por debajo de este porcentaje, se ha decidido renovar el subsidio. De esta forma, no se dejará desamparados a las personas que hayan agotado su prestación por desempleo. Este subsidio se prorrogaría indefinidamente y se desvincularía de la tasa de desempleo.

 

 

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