La estructura salarial de nuestros empleados está compuesta tanto del salario base como de los complementos salariales.
En función del trabajo prestado, tanto si es en tiempo como en de la obra realizada, el empleado cobra un salario base. A este salario se le pueden añadir condiciones especiales reseñadas por los complementos salariales.
Estas condiciones especiales quedan clasificadas en el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores:
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• Las circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador
- • El trabajo realizado
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• La situación y resultados de la empresa
¿Cuáles son los complementos salariales de la nómina más conocidos?
Los complementos salariales más recurrentes en las negociaciones colectivas son:
- • Antigüedad: el complemento salarial de antigüedad se rige en función de los años que lleva trabajando el empleado en la empresa y varía según lo que haya acordado en el convenio colectivo o el contrato individual. Puede otorgarse por trienios o quinquenios, por ejemplo.
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• Pagas extras: El Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho, al menos, a dos pagas extraordinarias al año. Pero no se hace mención a cuál es la cuantía establecida. Además, existen ocasiones en las que estas gratificaciones están prorrateadas en las doce mensualidades anuales.
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• Participación de beneficios: de cara a motivar a los empleados para que mejoren su productividad, muchas empresas establecen un complemento salarial vinculado a los beneficios de la empresa, incluyendo un extra en la nómina del empleado relacionado con el porcentaje del beneficio de la empresa o con el trabajo que produzcan.
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• Otros: existen otros muchos complementos salariales destacables que también están muy asentados por la ley, tales como el de peligrosidad, toxicidad, nocturnidad o turnicidad.
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