Autónomos y PymesFiscalLaboralSialco Asesores

Impacto del Coronavirus en las Empresas. El viernes 13 de marzo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, en el que se toman medidas urgentes para responder al impacto económico que se va a producir tras el COVID-19 de manera inmediata.

Ámbito Fiscal

  • Los autónomos o Pymes con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros, pueden solicitar, hasta el 30 de mayo 2020, el aplazamiento en el pago de determinadas deudas tributarias con un límite de 30.000 euros y por un plazo de 6 meses (con una carencia de intereses en los 3 primeros meses), permitiendo extraordinariamente el aplazamiento respecto de las retenciones practicadas de IRPF, cuotas de IVA y el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, que hasta ahora eran inaplazables.
  • El ayuntamiento de Madrid ha aprobado el siguiente paquete de medidas fiscales en ciertos sectores de la economía de la ciudad siempre y cuando se mantenga el promedio de la plantilla de trabajadores entre los que destacan:
    • Bonificación del 25 % de la cuota íntegra del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
    • Bonificación del 25 % de la cuota íntegra del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
    • Moratoria en los tributos a los ciudadanos IVTM, TPV. A su vez la AEAT acaba de comunicar a través de un aviso informal en su página web la ampliación de los plazos en los procedimientos tributarios mediante un cambio normativo inminente, por lo que hay que estar a la espera de las novedades que se lleven a cabo en relación a este punto.

 

Ámbito Mercantil

  • Ayudas al sector turístico: ampliación de la financiación de la partida presupuestaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de garantía de los créditos de la línea ICO, en la cantidad de 400 millones de euros para atender a las necesidades de liquidez de las empresas y autónomos del sector turístico, aplicándose la misma, de manera inmediata y de un modo automático.
  • Ayudas a la administración Pública. Se realizará una tramitación de emergencia en la asignación de contratos que sean necesarios para la protección de las personas, no siendo obligatoria la tramitación ordinaria de la Ley de Contratos del Sector Público como consecuencia de la propagación del COVID-19.

 

Ámbito Protección de Datos

  • Las empresas deben implantar políticas adecuadas de teletrabajo.
  • Los empleados deben informar a la empresa en caso de sospecha de coronavirus.

 

Ámbito Laboral

  • Se aprueba una regulación más sencilla y flexible para los ERTEs, en donde en ocasiones como la actual, los trabajadores afectados no tengan que tener un mínimo de cotización previa a la Seguridad Social y tales periodos de desempleo no computen como tal a efectos de prestaciones futuras de desempleo.

 

 

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