No cabe duda de que la salida del Reino Unido de la Unión Europea, también llamado Brexit, tendrá consecuencias para la economía española. A continuación, analizaremos cómo afectará esta nueva situación desde diferentes dimensiones.
Dimensiones impactadas por el Brexit:
Empleo
En materia de empleo, una vez que el Reino Unido se encuentre fuera de la Unión Europea se barajan tres escenarios posibles:
- Si el Reino Unido se adhiere al Espacio Económico Europeo, se mantendría la libre circulación de trabajadores sin que sea necesario el permiso de trabajo para que los españoles trabajen allí, o viceversa.
- Si el Reino Unido y la UE adoptan un acuerdo de libre comercio que no incluye la libre circulación, será necesario tanto un visado como un permiso de trabajo concreto.
- La vía intermedia será una relación a base de acuerdos entre el Reino Unido y la UE entre los cuales se incluya un acuerdo de libre circulación, en cuyo caso nos encontraríamos en una situación semejante a la primera opción.
Inversiones
La depreciación de la libra subsiguiente al Brexit afectará a los beneficios de las empresas en suelo británico, y también a la cotización de las compañías expuestas al Reino Unido y a sus accionistas.
Servicios financieros
En el ámbito financiero, la pérdida de los “pasaportes europeos” para la prestación transfronteriza de servicios financieros constituirá una de las consecuencias más negativas, junto al fin de la comercialización de productos estandarizados.
En cuanto al sector bancario, se dejará de aplicar el Single Rule-Book o código normativo único si bien, en la práctica, los estándares de supervisión del Banco de Inglaterra son semejantes a los de la UE, por lo que no habrá alteraciones destacables.
Protección de datos y propiedad intelectual
La salida del Reino Unido de la Unión Europea supondrá también su salida del sistema de marca y de diseño de la Unión. Aunque los titulares de los diseños y de las marcas seguirán ostentando dicho título, el alcance territorial de los derechos derivados de las decisiones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE se verá limitado.
Respecto a los Certificados Complementarios de Protección que hayan sido emitidos por autoridades nacionales, el Reino Unido deberá legislar para que queden sujetos al derecho británico.
Otra consecuencia es que el Reino Unido deberá abandonar también el nuevo sistema de Patente Unitaria Europea por el que había apostado ya que, para garantizar la legalidad del sistema, no se permite la presencia de terceros países en su seno.
En cuanto a protección de datos se refiere, las empresas del ámbito europeo adoptarán estándares muy elevados de protección de datos derivados de la entrada en vigor del nuevo reglamento, sin embargo, en Gran Bretaña, primará la inseguridad jurídica ya que su adaptación a este reglamento, de producirse, será voluntaria.
Sociedades
La principal consecuencia del Brexit será la pérdida de libertad de establecimiento y prestación de servicios para las sociedades que se hayan constituido como filiales en cualquiera de los países miembro de la UE.
Competencia
En este ámbito no habrá novedades destacables pues las normas en materia anti-trust británicas son similares a las europeas; la mayor diferencia es que el Reino Unido no quedará sujeto a las decisiones de la Comisión Europea en lo que a competencia se refiere.
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